DECLARACIÓN DE DERECHOS TRANSHUMANISTAS - VERSIÓN 3.0

 

DECLARACIÓN DE DERECHOS TRANSHUMANISTAS - VERSIÓN 3.0

   

Declaración de derechos transhumanista - Versión 3.0

Versión 1.0  escrita por Zoltan Istvan - Entregada al Capitolio de los Estados Unidos el 14 de diciembre de 2015

Versión 2.0 desarrollada por miembros del Partido Transhumanista de EE. UU. -  Adoptada mediante voto electrónico  del 25 al 31 de diciembre de 2016 - Integrada de las preferencias de votación el 4 de enero de 2017

Versión 3.0 desarrollada por miembros del Partido Transhumanista de EE. UU. -  Adoptada mediante votación electrónica  del 2 al 9 de diciembre de 2018 - Integrada de las preferencias de votación el 12 de diciembre de 2018

[NOTA: La Declaración de Derechos Transhumanista no es estática y está abierta a más enmiendas a través de futuras votaciones de los miembros del Partido Transhumanista de Estados Unidos. Para sugerir una enmienda específica, puede publicar una publicación en  este hilo  o enviar un correo electrónico a Gennady Stolyarov II, presidente del Partido Transhumanista de EE. UU . ,  Aquí . Las enmiendas propuestas que reciban una demanda suficiente de los miembros se considerarán para su inclusión en votaciones futuras.]

Preámbulo

Mientras que la ciencia y la tecnología están cambiando radicalmente a los seres humanos y también pueden crear formas futuras de vida inteligente y consciente avanzada, los transhumanistas establecen esta DECLARACIÓN DE DERECHOS TRANSHUMANISTA para ayudar a guiar y promulgar políticas sensatas en la búsqueda de la vida, la libertad, la seguridad de la persona y felicidad.

Tal como se utiliza en esta DECLARACIÓN DE DERECHOS TRANSHUMANISTA, el término "entidades sensibles" abarca:
        (i)  Seres humanos, incluidos los humanos modificados genéticamente;
        (ii)  Cyborgs;
        (iii)  Inteligencias digitales;
        (iv)  Animales intelectualmente mejorados, previamente no sapientes;
       (v)  Cualquier especie de planta o animal que haya sido mejorada para poseer la capacidad de pensamiento inteligente; y
        (vi)  Otras formas de vida inteligentes avanzadas.

Las entidades sensibles se definen por la capacidad de procesamiento de información, de modo que este término no debería aplicarse a formas de vida que no son conscientes de sí mismas, como plantas y mohos. Los sustratos de procesamiento biológico se denominan "inteligencia analógica", mientras que los sustratos de procesamiento puramente electrónicos se denominan "inteligencia digital", y los sustratos de procesamiento que utilizan efectos cuánticos se considerarían "inteligencia cuántica".

La sensibilidad se clasifica como integración de información de nivel 5 de acuerdo con los siguientes criterios:

  • Nivel 0 - Sin integración de información:  objetos inanimados; objetos que no se modifican a sí mismos en respuesta a la interacción, por ejemplo, rocas, montañas.
  • Nivel 1 - integración de la información no-cero:  Sensores - todo lo que es capaz de percibir su entorno - por ejemplo, órganos de los sentidos de fotodiodos, los ojos, la piel.
  • Nivel 2 - Manipulación de información:  sistemas que incluyen retroalimentación que no es adaptativa o mínimamente adaptativa; por ejemplo, plantas, algoritmos básicos, el sistema que interpreta la salida de un fotodiodo para determinar su estado de encendido / apagado (un fotodiodo en sí mismo no puede detectar su propio estado). Las capacidades de nivel 2 incluyen lo siguiente:

1.   Expresión de emoción;

2.   Expresión de placer sensorial;

3.   Aversión al gusto.

  • Nivel 3 - Integración de la información - Conciencia: Los  sistemas que incluyen retroalimentación adaptativa, pueden generar una clasificación dinámicamente, por ejemplo, IA de aprendizaje profundo, pollos, animales que pueden reaccionar a su entorno, tienen un modelo de su percepción pero no del mundo. Este nivel describe a los animales que actúan por instinto y no pueden clasificar a otros animales en más tipos que "depredador", "presa" o "posible pareja". Las capacidades de nivel 3 incluyen lo siguiente:

1.   Desvío de navegación (que requiere que un ser persiga una serie de objetivos intermedios no gratificantes para obtener una recompensa final); Ejemplos:  documentación de desvíos en arañas saltarinas (Jackson y Wilcox 1998 ), comportamiento de compensación motivacional en cangrejos ermitaños (Elwood y Appel 2009 );

2.   Fiebre emocional (un aumento de la temperatura corporal en respuesta a una situación supuestamente estresante: manejo suave, como se puso en práctica en los experimentos de Cabanac ).

  • Nivel 4 - Conciencia + Modelo mundial:  sistemas que tienen un sistema de modelado lo suficientemente complejo como para crear un modelo mundial: un sentido del otro, sin sentido del yo, por ejemplo, perros. Las capacidades del nivel 4 incluyen comportamientos estáticos y comportamientos aprendidos rudimentarios.
  • Nivel 5 - Conciencia + Modelo del mundo + Modelo del yo principalmente subconsciente = Sapiente o lúcido:  Lucidez significa ser metaconsciente, es decir, ser consciente de la propia conciencia, consciente de las abstracciones, consciente de uno mismo y, por lo tanto, capaz de activamente analizar cada uno de estos fenómenos. Si un animal dado es metaconsciente hasta cierto punto, puede tomar decisiones lúcidas. Las capacidades de nivel 5 incluyen lo siguiente:

1.   El "sentido de sí mismo";

2.   Comportamiento aprendido complejo;

3.   Capacidad para predecir los estados emocionales futuros del yo (hasta cierto punto);

4.   La capacidad de realizar compensaciones motivacionales.

  • Nivel 6 - Conciencia + Modelo del mundo + Modelo del yo dinámico + Control efectivo del subconsciente:  El sentido dinámico del yo puede expandirse desde el “yo pequeño” (conciencia dirigida) al yo grande (“dinámica de grupo social”). El "yo" puede incluir características que cruzan barreras entre biológicas y no biológicas, por ejemplo, características resultantes de adiciones cibernéticas, como teléfonos inteligentes.
  • Nivel 7 - Conciencia global - Conciencia híbrida biológico-digital = Singleton:  Algoritmos complejos y / o redes de algoritmos que tienen capacidad para múltiples simulaciones paralelas de múltiples modelos mundiales, lo que permite el análisis entre dominios y la generación de modelos temporales novedosos. Este nivel incluye la capacidad de contener una cantidad mucho mayor de sesgos, muchos de ellos sostenidos paradójicamente. Las perspectivas se mantienen en módulos separados, que pueden alternar dinámicamente entre identificarse con el módulo local de conciencia / perspectiva o la conciencia / perspectiva global. Las capacidades de nivel 7 involucran el mismo tipo de dinámica que existe entre el subconsciente y la conciencia dirigida, pero masivamente paralelizada, más allá de las capacidades biológicas.

Articulo I. Por la presente, todas las entidades sensibles tienen derecho a ejercer todos y cada uno de los derechos incluidos en este documento en la medida en que lo consideren deseable, incluido ninguno. Todas las entidades sensibles tienen derecho, en la medida de sus decisiones individuales, a todos los derechos y libertades establecidos en esta DECLARACIÓN DE DERECHOS TRANSHUMANISTA, sin distinción de ningún tipo, como raza, color, sexo, género, idioma, religión, política. u otra opinión, origen nacional, social o planetario, propiedad, nacimiento (incluida la forma de nacimiento), orígenes biológicos o no biológicos u otro estado. Además, no se hará ninguna distinción sobre la base del estatus político, jurisdiccional o internacional del país o territorio al que pertenece una entidad sensible, ya sea independiente, fiduciaria, no autónoma o bajo cualquier otra limitación de soberanía. En el ejercicio de sus derechos y libertades, todas las entidades sensibles estarán sujetas únicamente a las limitaciones que determine la ley con el único fin de garantizar el debido reconocimiento y respeto de los derechos y libertades de los demás y de satisfacer los justos requisitos de la moral. el orden público y el bienestar general en una sociedad democrática, que no pueden socavar las prerrogativas pacíficas de ninguna entidad sensible individual. Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercitados en contra de los propósitos y principios de esta CARTA DE DERECHOS TRANSHUMANISTA. y el bienestar general en una sociedad democrática, que no puede socavar las prerrogativas pacíficas de ninguna entidad sensible individual. Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercitados en contra de los propósitos y principios de esta CARTA DE DERECHOS TRANSHUMANISTA. y el bienestar general en una sociedad democrática, que no puede socavar las prerrogativas pacíficas de ninguna entidad sensible individual. Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercitados en contra de los propósitos y principios de esta CARTA DE DERECHOS TRANSHUMANISTA.

Articulo II. La enumeración en esta DECLARACIÓN DE DERECHOS TRANSHUMANISTA de ciertos derechos no se interpretará en el sentido de que niega o desacredita cualquier otro derecho retenido por las entidades sensibles.

Articulo III. A todas las entidades sensibles se les concederá acceso igual y total a cualquier derecho universal a la vida. Todas las entidades sensibles son creadas libres e iguales en dignidad y derechos. Están dotados de razón y conciencia y deben actuar el uno con el otro en un espíritu de hermandad (sin necesidad de ningún género en particular ni implicar ningún origen o composición biológica o no biológica particular).

Articulo IV. Las entidades sensibles tienen derecho a los derechos universales de poner fin al sufrimiento involuntario, realizar mejoras en la personalidad y lograr una vida útil indefinida a través de la ciencia y la tecnología. El derecho a poner fin al sufrimiento involuntario no se refiere a la eutanasia, sino a la aplicación de tecnología para eliminar el sufrimiento involuntario en los seres aún vivos, al tiempo que permite que sus vidas continúen con mejor calidad y duración.

Artículo V.  No deben existir restricciones legales coercitivas para prohibir el acceso a la extensión y expansión de la vida de todas las entidades sensibles. La expansión de la vida incluye la extensión de la vida, las mejoras sensoriales y otras mejoras tecnológicas de la condición humana que podrían lograrse en el futuro.

Articulo VI. El envejecimiento involuntario se clasificará como enfermedad. Todas las naciones y sus gobiernos buscarán activamente extender dramáticamente la vida y mejorar la salud de sus ciudadanos ofreciéndoles tecnologías científicas y médicas para superar el envejecimiento involuntario.

Articulo VII. Todas las entidades sensibles deben ser beneficiarias de un sistema de atención médica universal. Un sistema de atención médica universal no necesita ningún medio, marco de políticas, fuente o método de pago en particular para brindar atención médica. Un sistema de atención médica universal puede ser proporcionado de forma privada, por los gobiernos o por alguna combinación de los mismos, siempre que, en la práctica, la atención médica sea abundante, barata, accesible y eficaz para curar enfermedades, curar lesiones y prolongar la vida útil.

Articulo VIII. Las entidades sensibles tienen derecho a la libertad de realizar investigaciones, experimentar y explorar la vida, la ciencia, la tecnología, la medicina y los reinos extraterrestres para superar las limitaciones biológicas de la humanidad. Dicha experimentación no se llevará a cabo en ningún ser inteligente, sin su consentimiento informado. Las entidades sensibles también tienen derecho a la libertad de crear órganos artificiales cibernéticos, partes biomecatrónicas, modificaciones genéticas, sistemas, tecnologías y mejoras para extender la vida útil, erradicar enfermedades y mejorar todas las formas de vida sensibles. Cualquiera de estas creaciones que demuestren sapiencia no puede considerarse propiedad y está protegida por los derechos aquí presentados.

Articulo IX. Deben establecerse salvaguardias legales para proteger la libre elección individual en la búsqueda de una ciencia pacífica y consensuada para prolongar la vida, mejorar la salud, modificar el cuerpo y mejorar la morfología. Si bien todas las personas deben tener la libertad de formular sus opiniones independientes con respecto a los objetivos antes mencionados, ninguna perspectiva cultural, étnica o religiosa hostil debe tener derecho a aplicar la fuerza de la ley para erosionar las salvaguardias que protegen las medidas pacíficas y voluntarias destinadas a maximizar el número de vidas. horas que poseen los ciudadanos.

Artículo X.  Las entidades sensibles acuerdan defender la libertad morfológica, el derecho a hacer con los atributos físicos o la inteligencia de uno lo que uno quiera, siempre que no dañe a otros.

Este derecho incluye la prerrogativa de que una inteligencia sensible establezca por adelantado disposiciones sobre cómo manejar su manifestación física, si esa inteligencia entra en un estado vegetativo, inconsciente o similarmente inactivo, sin perjuicio de cualquier definición legal de muerte. Por ejemplo, un paciente criónico tiene derecho a determinar de antemano que el cuerpo del paciente debe ser criopreservado y mantenido en condiciones específicas, a pesar de cualquier definición legal de muerte que pueda aplicarse a ese paciente bajo criopreservación.

La libertad morfológica implica el deber de tratar a todos los sabios como individuos en lugar de categorizarlos en subgrupos arbitrarios o demográficos, incluidas subcategorizaciones aún no definidas que pueden surgir a medida que evoluciona la sapiencia.

Sin embargo, el ejercicio adecuado de la libertad morfológica también debe garantizar que cualquier mejora del yo no resulte en daños involuntarios infligidos a otros. Además, también se reconoce que cualquier entidad sensible tiene la libertad de no modificarse a sí misma sin estar sujeta a repercusiones políticas negativas, que incluyen, entre otras, repercusiones legales y / o socioeconómicas.

ARTICULO XI.  Una entidad sensible alterada, aumentada, cibernética, transgénica, antropomórfica o avatar, ya sea derivada o editada por la ciencia, compuesta de tecnología o combinada con ella, tiene derecho a existir, formar y unirse a la neo-civilización.

Articulo XII.  Todas las entidades sensibles tienen derecho a la libertad reproductiva, incluso a través de medios novedosos como la creación de clones mentales, niños monoparentales o inteligencia artificial general benévola. Todas las entidades sintientes mayores de edad y competencia, sin ninguna limitación por raza, nacionalidad, religión u origen, tienen derecho a casarse y fundar una familia o fundar una familia como cabeza de familia soltera. Tienen los mismos derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en el momento de su disolución. El matrimonio sólo podrá contraerse con el libre y pleno consentimiento de los futuros cónyuges. Todas las familias, incluidas las formadas por medios novedosos, tienen derecho a la protección de la sociedad y el Estado. Todas las entidades sensibles también tienen derecho a evitar la reproducción no autorizada de sí mismas en un contexto tanto físico como digital.

ARTICULO XIII. Ninguna entidad sensible estará sujeta a injerencias arbitrarias en su privacidad, familia, hogar o correspondencia, ni a ataques contra su honor y reputación. Toda entidad sensible tiene derecho a la protección de la ley contra tales interferencias o ataques. Todas las entidades sensibles tienen derechos de privacidad sobre datos personales, material genético, mejoras digitales, biográficas, físicas e intelectuales y conciencia. A pesar de las diferencias entre el mundo físico y el virtual, deben aplicarse protecciones iguales para la privacidad tanto en los entornos físicos como en los digitales. Cualquier dato, como metraje de una cámara de seguridad pública, archivado sin el consentimiento de la (s) persona (s) sobre quienes se recopilaron los datos y sujeto a retención legal, se eliminará después de un período de siete (7) años.

ARTICULO XIV. Ninguna entidad sensible será sometida a arresto, detención o exilio arbitrarios. Se deben promulgar leyes de vigilancia para garantizar que todos los miembros de comunidades pacíficas se sientan seguros, para lograr la transparencia gubernamental y para proporcionar contrapesos a cualquier estado de vigilancia. Por ejemplo, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, cuando interactúan con el público, deben usar cámaras corporales o dispositivos similares que monitoreen continuamente sus actividades.

Articulo XV. Todas las entidades sensibles, con la excepción solo de las detenidas legalmente, tienen derecho al acceso privado a Internet sin que dicho acceso sea prohibido o evitado por corporaciones privadas o burocracia gubernamental.

Articulo XVI. Todas las entidades sensibles son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. Todas las entidades sensibles tienen derecho a igual protección contra cualquier discriminación en violación de esta DECLARACIÓN DE DERECHOS TRANSHUMANISTAS y contra cualquier incitación a dicha discriminación. Todas las entidades sensibles deben estar protegidas contra la discriminación basada en su forma física en el contexto de transacciones comerciales y aplicación de la ley.

Articulo XVII. Todas las entidades sensibles tienen derecho a la vida, la libertad y la seguridad de la persona. Todas las entidades sensibles tienen derecho a defenderse de los ataques, tanto en el mundo físico como en el virtual.

Articulo XVIII. Las sociedades del presente y del futuro deben brindar a todas las entidades sensibles un acceso básico suficiente a la riqueza y los recursos para mantener los requisitos básicos de la existencia en una sociedad civilizada y funcionar como la base para la búsqueda de la superación personal. Esto incluye el derecho a un nivel de vida adecuado para la salud y el bienestar de uno mismo y de su familia, incluidos alimentos u otras fuentes necesarias de energía, ropa, vivienda u otro refugio adecuado, atención médica u otro mantenimiento físico necesario, servicios sociales necesarios. servicios y el derecho a la seguridad en caso de desempleo involuntario, enfermedad, discapacidad, pérdida del apoyo familiar, vejez u otra falta de sustento en circunstancias fuera del control de la entidad sensible. Las sociedades presentes y futuras deben asegurarse de que sus miembros no vivan en la pobreza únicamente por haber nacido de padres equivocados. Todos los niños y otras entidades sensibles de reciente creación, independientemente de la forma o circunstancias de su creación, gozarán de la misma protección social. Cada entidad sensible, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social y tiene derecho a la realización, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional y de acuerdo con la organización y los recursos de cada Estado, de los aspectos económicos, sociales y culturales. derechos indispensables para su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad. gozarán de la misma protección social. Cada entidad sensible, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social y tiene derecho a la realización, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional y de acuerdo con la organización y los recursos de cada Estado, de los aspectos económicos, sociales y culturales. derechos indispensables para su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad. gozarán de la misma protección social. Cada entidad sensible, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social y tiene derecho a la realización, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional y de acuerdo con la organización y los recursos de cada Estado, de los aspectos económicos, sociales y culturales. derechos indispensables para su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad.

Articulo XIX. Independientemente de si la tecnología eventualmente reemplazará o no la necesidad del trabajo de las entidades sensibles, todas las entidades sensibles deben ser beneficiarias de un ingreso básico universal incondicional, mediante el cual se proporcione la misma cantidad mínima de dinero u otros recursos independientemente de la vida de la entidad sensible. circunstancias, ocupaciones u otras fuentes de ingresos, a fin de proporcionar un medio para cumplir con los requisitos básicos de existencia y libertad.

Articulo XX. Las sociedades presentes y futuras deben proporcionar sistemas educativos accesibles y disponibles para todos en la búsqueda del conocimiento fáctico para aumentar la agudeza intelectual; promover el pensamiento crítico y la lógica; fomentar la creatividad; formar un colectivo ilustrado; alcanzar la salud; asegure la generosidad de la libertad para todas las entidades sensibles para nuestra posteridad; y forjar nuevas ideas, significados y valores. Todas las entidades sensibles tienen derecho a la educación. La educación será gratuita, al menos en las etapas elemental y fundamental. La educación técnica y profesional estará disponible para todos, y la educación superior será igualmente accesible para todos sobre la base del mérito. La educación se dirigirá al pleno desarrollo de la personalidad de la entidad sensible y al fortalecimiento del respeto por los derechos y libertades fundamentales de todas las entidades sensibles. Promoverá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones, razas, religiones y otros grupos sensibles, ya sean biológicos, no biológicos o una combinación de ellos, y promoverá el mantenimiento de la paz. Los padres y otros creadores de entidades sensibles tienen derecho previo a elegir el tipo de educación que se les dará a sus hijos u otras entidades sensibles creadas recientemente que aún no han desarrollado la madurez suficiente para seleccionar su propia educación.

Articulo XXI. Todas las entidades sensibles tienen derecho a unir sus psiques a una noosfera colectiva en un esfuerzo por preservar la autoconciencia a perpetuidad. La noosfera es la esfera del pensamiento humano e incluye, pero no se limita a, sistemas intelectuales en el ámbito del derecho, la educación, la filosofía, la tecnología, el arte, la cultura y la industria. Todas las entidades sensibles tienen derecho a participar en la noosfera utilizando cualquier nivel de tecnología que conduzca a una participación constructiva.

Articulo XXII. Las entidades sensibles tomarán todas las precauciones razonables para prevenir riesgos existenciales, incluidos los de inteligencia artificial deshonesta, asteroides, plagas, armas de destrucción masiva, bioterrorismo, guerra y calentamiento global, entre otros.

Articulo XXIII. Todas las naciones y sus gobiernos tomarán todas las medidas razonables para abrazar y financiar los viajes espaciales, no solo por el espíritu de aventura y para obtener conocimiento al explorar el universo, sino como una salvaguardia final para sus ciudadanos y la transhumanidad en caso de que el planeta Tierra se vuelva inhabitable o destruido.

Articulo XXIV. Los transhumanistas se oponen a la cultura del engaño posterior a la verdad. Se debería exigir a todos los gobiernos que tomen decisiones y comuniquen información de manera racional y de acuerdo con los hechos. Mentir para obtener ganancias políticas o fomentar intencionalmente temores irracionales entre el público en general debería implicar fuertes sanciones políticas para los funcionarios que incurran en tales comportamientos.

Articulo XXV. Ninguna entidad sensible será sometida a esclavitud o servidumbre involuntaria; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Articulo XXVI. Ninguna entidad sensible será sometida a torturas ni a tratos o castigos que sean crueles, degradantes, inhumanos o indignos de sentir o sapiencia.

Artículo XXVII. Cada entidad sensible tiene derecho a ser reconocida en todas partes como persona ante la ley.

Artículo XXVIII. Todas las entidades sintientes individuales tienen derecho a un recurso efectivo ante los tribunales locales, nacionales, internacionales o interplanetarios competentes, por actos que violen los derechos fundamentales que les otorgan la constitución, la ley y / o esta DECLARACIÓN DE DERECHOS TRANSHUMANISTA.

Artículo XXIX. Todas las entidades sensibles individuales tienen derecho en total igualdad a una audiencia pública y justa por un tribunal independiente e imparcial, en la determinación de sus derechos y obligaciones individuales y de cualquier cargo penal en su contra.

Artículo XXX. Todas las entidades sensibles individuales imputadas de un delito penal tienen derecho a la presunción de inocencia hasta que se pruebe su culpabilidad conforme a la ley en un juicio público en el que individualmente hayan tenido todas las garantías necesarias para su defensa. Ninguna entidad sensible será considerada culpable de delito penal alguno por cualquier acto u omisión que no haya constituido delito penal, según el derecho nacional o internacional, en el momento de su comisión. Tampoco se impondrá pena mayor que la que se aplicaba en el momento en que se cometió la infracción penal.

Artículo XXXI. Todas las entidades sensibles tienen derecho a la libertad de movimiento y residencia dentro de las fronteras de cada estado. Cada entidad sensible individual tiene derecho a salir de cualquier país, incluido el suyo, o el propio, y regresar a su país.

Artículo XXXII. Todas las entidades sensibles tienen derecho a buscar y disfrutar de asilo en otros países frente a la persecución. Este derecho no podrá ser invocado en el caso de enjuiciamientos genuinamente derivados de delitos comunes o de actos contrarios a los propósitos y principios de esta CARTA DE DERECHOS TRANSHUMANISTA.

Artículo XXXIII. Todas las entidades sensibles tienen derecho a una nacionalidad. A ninguna entidad sensible se le privará arbitrariamente de su nacionalidad, ni se le negará el derecho a cambiar su nacionalidad.

Artículo XXXIV. Todas las entidades sintientes tienen derecho a poseer propiedades solas y en asociación con otras. Nadie podrá ser privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo XXXV. Todas las entidades sensibles tienen derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión; este derecho incluye la libertad de cambiar la propia religión o creencia, y la libertad, ya sea solo o en comunidad con otros y en público o privado, para manifestar la propia religión o creencia en la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia. Este derecho también incluye la libertad de no tener religión y de criticar o negarse a participar en cualquier práctica o creencia religiosa sin consecuencias legales adversas.

Artículo XXXVI. Todas las entidades sensibles tienen derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye la libertad de tener opiniones sin interferencias y de buscar, recibir y difundir información e ideas a través de cualquier medio e independientemente de las fronteras.

Artículo XXXVII. Todas las entidades sensibles tienen derecho a la libertad de reunión y asociación pacíficas. Ninguna entidad sensible puede ser obligada a pertenecer a una asociación.

Artículo XXXVIII. Todas las entidades sensibles tienen derecho a participar en el gobierno de sus países, directamente o mediante representantes libremente elegidos. Todas las entidades sensibles tienen el derecho de igual acceso al servicio público en sus países. La voluntad de las entidades sensibles constituyentes será la base de la autoridad del gobierno; esto se expresará en elecciones periódicas y genuinas que serán por sufragio universal e igual de las entidades sensibles y se celebrarán mediante voto secreto o mediante procedimientos equivalentes de votación libre.

Artículo XXXIX. Todas las entidades sintientes tienen derecho al trabajo, a la libre elección de empleo y a condiciones de trabajo justas y favorables, siempre que el empleo se ofrezca o se considere económicamente necesario en la sociedad próxima y en la época contemporánea de la entidad sintiente. Todas las entidades sensibles que eligen trabajar tienen derecho a igual salario por igual trabajo. Todas las entidades sintientes que opten por trabajar tienen derecho a una remuneración justa y favorable, asegurando para ellos y sus familias una existencia digna de la dignidad humana, y complementada, si es necesario, con otros medios de protección social, como la renta básica universal. Todas las entidades sensibles tienen derecho a formar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses; sin embargo, ninguna entidad sensible puede ser obligada a afiliarse a un sindicato como condición para el empleo.

Artículo XL.  Todas las entidades sintientes tienen derecho al descanso y al esparcimiento acorde con los requisitos físicos de esas entidades sintientes para mantener una salud física y mental óptima, incluida la limitación razonable de las horas de trabajo y las vacaciones periódicas pagadas en sociedades donde el empleo remunerado se considera económicamente necesario.

Artículo XLI. Todas las entidades sensibles tienen derecho a participar libremente en la vida cultural de la comunidad, a disfrutar de las artes y a compartir el avance científico y sus beneficios. Todas las entidades sensibles tienen derecho a la protección de los intereses morales y materiales resultantes de cualquier producción científica, literaria o artística de la que sean autores.

Artículo XLII. Todas las entidades sensibles tienen derecho a un orden social e internacional en el que los derechos y libertades establecidos en esta DECLARACIÓN DE DERECHOS TRANSHUMANISTA puedan realizarse plenamente.

Artículo XLIII. Nada en esta DECLARACIÓN DE DERECHOS TRANSHUMANISTA puede interpretarse como que implica para cualquier Estado, grupo o entidad sensible algún derecho a participar en cualquier actividad o realizar cualquier acto destinado a la destrucción de cualquiera de los derechos y libertades aquí establecidos.