LA CONSTITUCION TRUCHA
En 1949,
durante el primer gobierno de Juan Domingo Perón se decide reformar la Constitución Nacional.
En la votación parlamentaria se sanciona la ley con el voto de los 2/3 de los
legisladores presentes. El hecho que no se sancione con los 2/3 del total de la Cámara es el argumento
usado por los que justifican su derogación.
Otra
demostración de la hipocresía con que se han movido siempre; la necesidad de la
reforma de 1860, al reincorporarse Buenos Aires a la república, luego del Pacto de San José de
Flores; la de 1866 tras la batalla de
Pavón cuando Buenos Aires impone sus condiciones; la de 1898 que actualiza la
cantidad de representantes según el censo de 1895; todas son sancionadas con
2/3 de los presentes.
El golpe
militar de 1955 quiere derogarla, a tal efecto pide a la Suprema Corte que lo
haga, la que se niega hacerlo. Evidentemente, los juristas sabían muy bien de
que se trataba. Aramburu toma la determinación de revocarla por decreto.
Lo hace con dos excusas; el porcentaje de los
2/3; ya mencionado. El otro es que se trataba de una Constitución totalitaria.
La de 1853 fue totalitaria hasta 1916 en que un Régimen político gobernó con
alternancia sin que jamás lo hiciese un opositor. Mas aún, el Régimen le manejó
el Senado a Yrigoyen hasta su derrocamiento.
Durante
ese período se gobernó con fraude y aprietes; Carlos Pellegrini llegó a poner
presos a los integrantes de la fórmula presidencial opositora una semana antes
de las elecciones por un supuesto complot.
No hay
antecedente en la historia mundial de un hecho semejante; solo se puede
encontrar algo similar en un gobierno revolucionario fundacional; bajo ningún
punto de vista, este era el caso.
Para
completar el cuadro, convocan a una Asamblea Constituyente proscribiendo al
justicialismo. Durante la convención se retira el ala intransigente del
radicalismo. Presionados, al momento de sancionarla, se presentan a dar quórum
y se retiran, por lo que se aprueba con el ala nacional del radicalismo y los
socialistas; una verdadera vergüenza. El círculo cierra cuando el Parlamento
electo en 1958 aprueba esa Constitución; pero había sido electo con la
proscripción del justicialismo; por lo tanto sin validez.
Este hecho es determinante en la Argentina;
la Constitución de 1949 prohibía, entre otras cosas, la enagenación de los
recursos naturales y del patrimonio del Estado. Además determinaba derechos
inamovibles a niños y ancianos. No es casual que la Revolución Libertadora lo
tomase como algo fundamental de su gestión. Perón canceló la deuda externa en
1948; Aramburu se afilió al Fondo Monetario Internacional y le entregó a
Frondizi una deuda de u$s 400.000.000. Para tener una idea de los montos de
época, la cancelación en 1948 fue de u$s 164.000.000.
Es
inevitable hacer varios comentarios; ningún gobierno civil posterior hizo
cuestión alguna, Perón incluido en 1973; solo se encargaron de los muertos
ocasionados por la
Revolución Libertadora ; eso da la pauta del grado de
dependencia con el poder mundial.
Aquí
también se comete un desatino increíble. En 1973 el gobierno militar convoca a
elecciones en base a un estatuto ilegal sancionado en 1972; pero, bueno, son
las reglas de juego. Lo notable es que la elección de Perón en octubre se hace
con el mismo estatuto.
Por otro
lado, el poder mundial trata con un gobierno ilegítimo que produce un hecho de
la mas notoria ilegitimidad en siglos de un mundo organizado. Saben
perfectamente donde están parados y que todo su accionar es ilegal.
Es
determinante, desde el punto de vista jurídico restablecer esa Carta Magna para
anular los hechos que causaron y siguen causando la decadencia de la Argentina.
La política imperial siempre se basó en la teoría del hecho consumado, por lo
que parece absurdo retrotraer la situación después de medio siglo.
Lo
lamento, señores; los crímenes de lesa humanidad no prescriben; el Estatuto de
Roma dice textual: “Se deben considerar
crímenes de lesa humanidad actos delictivos como asesinato, violación,
torturas, etc; cuando se cometan como parte de un ataque generalizado o
sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”. . .
“Por ataque contra una población civil se entenderá una conducta de conformidad
con la política de un Estado o una organización de cometer esos actos o para
promover esa política”.
La
generación artificial de deuda fue un hecho sistemático en todo el mundo que
provocó una pobreza estructural convirtiéndose en una tortura física y
psicológica de millones de personas que, al fallecer por inanición se convirtió
en un genocidio. Dos hechos confirman este ataque, la deuda externa de Estados
Unidos suma 2,7 billones de dólares; el resto del mundo 2,5 billones que pagan
por año 330.000 millones, en tanto Estados Unidos paga solo 20.000 millones. El
tercer mundo llegó a pagar 18% de interés, ellos jamás pasaron del 3%; a todo
el mundo se le exige reservas en dólares entre el 7% y 14% del PBI, en tanto a
Estados Unidos, el 1,3%.
Los
centros financieros aducen que Argentina es socio del FMI; pues bien, fue
afiliada por un gobierno de facto que llevaba sobre sus hombros el bombardeo a
traición de la población civil en Plaza de Mayo con cuatro-cientos muertos; el
fusilamiento de cuarenta civiles en la clandestinidad y diez militares que
fueron detenidos sin que exista una ley marcial, ya que la misma fue sancionada
luego de su detención; otra aberración jurídica.
La deuda
externa asfixiante que provocó el genocidio en la población civil fue
contratada por otro gobierno de facto, responsable de la desaparición física de
diez mil personas; ratificada por un gobierno civil al que el FMI le quitó, con
sus exigencias, toda capacidad de manejar la economía, además de chantajearlo
con el otorgamiento de créditos para pagar indemnizaciones a familiares de
desaparecidos.
No
olvidemos que Raúl Alfonsín durante la campaña electoral proclamó a los cuatro
vientos que iba a revisar la deuda externa y anular la estatización de la deuda
privada.
Si tenemos
en cuenta que la investigación de la misma debido a la denuncia de Alejandro
Olmos determinó la existencia de quinientos ilícitos, termina de cerrar el
círculo.
Observando lo dicho precedentemente, los argentinos debemos tomar una
determinación, para comenzar a cerrar temas pendientes y pensar en el futuro.
Se debe
establecer si queremos ser regidos por una Constitución Nacional rígida en su
reforma o un número de leyes modificables por el Parlamento.
Si
optamos por el primer caso deberemos sancionar una Carta Magna amplia y moderna
(partiendo de la reforma de la de 1949) que no deje lugar a interpretaciones y
cuya violación debe ser sancionada con la mayor de la severidad.
Si
optamos por el segundo caso, la experiencia del período kircherista es lo mas
demostrativo al respecto de lo que puede hacer un parlamento.
Para
aquellos que piensan que se quiere retornar al pasado pregunto si la legalidad
y el compromiso asumido tiene una sola cara.
19-03-2013