LA CONSTITUCION TRUCHA

LA CONSTITUCION TRUCHA

         En 1949, durante el primer gobierno de Juan Domingo Perón se decide reformar la Constitución Nacional. En la votación parlamentaria se sanciona la ley con el voto de los 2/3 de los legisladores presentes. El hecho que no se sancione con los 2/3 del total de la Cámara es el argumento usado por los que justifican su derogación.
         Otra demostración de la hipocresía con que se han movido siempre; la necesidad de la reforma de 1860, al reincorporarse Buenos Aires  a la república, luego del Pacto de San José de Flores; la de 1866 tras  la batalla de Pavón cuando Buenos Aires impone sus condiciones; la de 1898 que actualiza la cantidad de representantes según el censo de 1895; todas son sancionadas con 2/3 de los presentes.
         El golpe militar de 1955 quiere derogarla, a tal efecto pide a la Suprema Corte que lo haga, la que se niega hacerlo. Evidentemente, los juristas sabían muy bien de que se trataba. Aramburu toma la determinación de revocarla por decreto.
         Lo hace con dos excusas; el porcentaje de los 2/3; ya mencionado. El otro es que se trataba de una Constitución totalitaria. La de 1853 fue totalitaria hasta 1916 en que un Régimen político gobernó con alternancia sin que jamás lo hiciese un opositor. Mas aún, el Régimen le manejó el Senado a Yrigoyen hasta su derrocamiento.
         Durante ese período se gobernó con fraude y aprietes; Carlos Pellegrini llegó a poner presos a los integrantes de la fórmula presidencial opositora una semana antes de las elecciones por un supuesto complot.
         No hay antecedente en la historia mundial de un hecho semejante; solo se puede encontrar algo similar en un gobierno revolucionario fundacional; bajo ningún punto de vista, este era el caso.
         Para completar el cuadro, convocan a una Asamblea Constituyente proscribiendo al justicialismo. Durante la convención se retira el ala intransigente del radicalismo. Presionados, al momento de sancionarla, se presentan a dar quórum y se retiran, por lo que se aprueba con el ala nacional del radicalismo y los socialistas; una verdadera vergüenza. El círculo cierra cuando el Parlamento electo en 1958 aprueba esa Constitución; pero había sido electo con la proscripción del justicialismo; por lo tanto sin validez. 
         Este hecho es determinante en la Argentina; la Constitución de 1949 prohibía, entre otras cosas, la enagenación de los recursos naturales y del patrimonio del Estado. Además determinaba derechos inamovibles a niños y ancianos. No es casual que la Revolución Libertadora lo tomase como algo fundamental de su gestión. Perón canceló la deuda externa en 1948; Aramburu se afilió al Fondo Monetario Internacional y le entregó a Frondizi una deuda de u$s 400.000.000. Para tener una idea de los montos de época, la cancelación en 1948 fue de u$s 164.000.000.
         Es inevitable hacer varios comentarios; ningún gobierno civil posterior hizo cuestión alguna, Perón incluido en 1973; solo se encargaron de los muertos ocasionados por la Revolución Libertadora; eso da la pauta del grado de dependencia con el poder mundial.
         Aquí también se comete un desatino increíble. En 1973 el gobierno militar convoca a elecciones en base a un estatuto ilegal sancionado en 1972; pero, bueno, son las reglas de juego. Lo notable es que la elección de Perón en octubre se hace con el mismo estatuto.
         Por otro lado, el poder mundial trata con un gobierno ilegítimo que produce un hecho de la mas notoria ilegitimidad en siglos de un mundo organizado. Saben perfectamente donde están parados y que todo su accionar es ilegal.
         Es determinante, desde el punto de vista jurídico restablecer esa Carta Magna para anular los hechos que causaron y siguen causando la decadencia de la Argentina. La política imperial siempre se basó en la teoría del hecho consumado, por lo que parece absurdo retrotraer la situación después de medio siglo.
         Lo lamento, señores; los crímenes de lesa humanidad no prescriben; el Estatuto de Roma dice textual: “Se deben considerar crímenes de lesa humanidad actos delictivos como asesinato, violación, torturas, etc; cuando se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”. . . “Por ataque contra una población civil se entenderá una conducta de conformidad con la política de un Estado o una organización de cometer esos actos o para promover esa política”.
         La generación artificial de deuda fue un hecho sistemático en todo el mundo que provocó una pobreza estructural convirtiéndose en una tortura física y psicológica de millones de personas que, al fallecer por inanición se convirtió en un genocidio. Dos hechos confirman este ataque, la deuda externa de Estados Unidos suma 2,7 billones de dólares; el resto del mundo 2,5 billones que pagan por año 330.000 millones, en tanto Estados Unidos paga solo 20.000 millones. El tercer mundo llegó a pagar 18% de interés, ellos jamás pasaron del 3%; a todo el mundo se le exige reservas en dólares entre el 7% y 14% del PBI, en tanto a Estados Unidos, el 1,3%.
         Los centros financieros aducen que Argentina es socio del FMI; pues bien, fue afiliada por un gobierno de facto que llevaba sobre sus hombros el bombardeo a traición de la población civil en Plaza de Mayo con cuatro-cientos muertos; el fusilamiento de cuarenta civiles en la clandestinidad y diez militares que fueron detenidos sin que exista una ley marcial, ya que la misma fue sancionada luego de su detención; otra aberración jurídica.
         La deuda externa asfixiante que provocó el genocidio en la población civil fue contratada por otro gobierno de facto, responsable de la desaparición física de diez mil personas; ratificada por un gobierno civil al que el FMI le quitó, con sus exigencias, toda capacidad de manejar la economía, además de chantajearlo con el otorgamiento de créditos para pagar indemnizaciones a familiares de desaparecidos.
         No olvidemos que Raúl Alfonsín durante la campaña electoral proclamó a los cuatro vientos que iba a revisar la deuda externa y anular la estatización de la deuda privada.
         Si tenemos en cuenta que la investigación de la misma debido a la denuncia de Alejandro Olmos determinó la existencia de quinientos ilícitos, termina de cerrar el círculo.

          Observando lo dicho precedentemente, los argentinos debemos tomar una determinación, para comenzar a cerrar temas pendientes y pensar en el futuro.
          Se debe establecer si queremos ser regidos por una Constitución Nacional rígida en su reforma o un número de leyes modificables por el Parlamento.
          Si optamos por el primer caso deberemos sancionar una Carta Magna amplia y moderna (partiendo de la reforma de la de 1949) que no deje lugar a interpretaciones y cuya violación debe ser sancionada con la mayor de la severidad.
          Si optamos por el segundo caso, la experiencia del período kircherista es lo mas demostrativo al respecto de lo que puede hacer un parlamento.
          Para aquellos que piensan que se quiere retornar al pasado pregunto si la legalidad y el compromiso asumido tiene una sola cara.

19-03-2013